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Cómo asociarse a la ACPI

Podrán ser miembros de la Asociación, personas físicas o jurídicas, de derecho privado o público, de cualquier nacionalidad y residencia, que desarrollen su actividad profesional como medio de comunicación social, agencia de publicidad o de medios, anunciante y en cualquier otro campo relacionado con el mundo de la comunicación, que lo soliciten y sean admitidos por la Junta Directiva a tenor de lo establecido en estos Estatutos.

La incorporación a la Asociación de estos miembros se hará siempre como asociados de pleno derecho, con cuantos derechos reconocen los presentes Estatutos y en especial, la autonomía funcional en su ámbito específico, la igualdad de posibilidades en el acceso a los cargos directivos de la Asociación, la participación en la elección de los órganos de gobierno a través de sufragio secreto, la participación en los programas de acción de la Asociación, así como el respeto a la libre expresión de cuantos criterios y opiniones ostenten en relación con las cuestiones que atañen a la vida de la Asociación.

El ingreso en la Asociación será voluntario. Las personas físicas o entidades que lo deseen, deberán solicitarlo mediante escrito dirigido al Presidente de la Asociación, haciendo constar de forma explícita la disposición por parte del solicitante de acatar las normas estatutarias y las que las desarrollen, así como su voluntad de cumplir los acuerdos adoptados por sus órganos de gobierno. Y deberán también pagar la cuota de cada año, que se decide en Junta Directica en los meses de enero de cada año; si el solicitante se inscribe al Estamento 2, deberá participar en el estudio EMI y su cuota total dependerá de su audiencia. La cuota mínima anual para 2008 es de 6.000 €.

SOLICITUD DE ADMISIÓN

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